Una venta corta es cuando un prestamista acepta un descuento en una hipoteca para evitar una subasta o una bancarrota posible de la ejecución de una hipoteca. Mientras la propiedad está en transmite de compra, la aprobación del prestamista del contrato y de los términos llega a ser necesaria como deben aprobar la propiedad descontada. Por ejemplo...un dueño de una casa tiene una hipoteca existente de $300.000. El comprador escribe una oferta de $220.000, esta oferta es aceptada como pago completo del préstamo. Esto es una VENTA CORTA.
Es mejor hacer una venta corta cuando la propiedad está en el estado de la PRE-ejecución de una hipoteca porque a los bancos no les conviene tener exceso de inventario de préstamos y menos cuando son, préstamos negativos en sus libros.
Lo qué sucede típicamente es que en el informe de crédito el préstamo demostrará haber sido “pagado”. Sin embargo, habrá una notación que indique “préstamo pagado a menos del valor original” o algo por estas líneas. Es más favorable que un dueño de una casa entre a venta corta que tener una ejecución de una hipoteca en su informe de crédito.
El vendedor no puede beneficiarse (con dinero) de una venta corta de la PRE-ejecución de una hipoteca.
La mayoría de prestamistas de hipotecas no considerarán una venta corta si el dueño de una casa está en bancarrota porque negociar una rentabilidad de venta corta es considera una actividad de colección. Las actividades de colección se prohíben durante una bancarrota.
Estando en el proceso de PRE-ejecución permita por lo menos 90 días para que se efectúe una hipoteca aprobada y pueda poner la propiedad en venta corta.
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